14 proyectos para destrabar las reformas que la justicia y los colombianos necesitan
Cuatro años de trabajo técnico convertidos en una agenda de Estado
Una hoja de ruta para una justicia más cercana, eficaz y humana

Bogotá D. C., 30 de julio de 2026. News Press Service. En el gobierno del presidente Gustavo Petro, la reforma a la justicia dejó de ser una discusión para convertirse en propuestas concretas para resolver algunos de los principales problemas que durante décadas han afectado el sistema judicial colombiano.
Tras cuatro años de trabajo técnico, diálogo institucional y construcción colectiva con las principales entidades del sector justicia, la academia, organizaciones sociales y expertos, la ministra de Justicia y del Derecho (e) Cielo Rusinque presentó al país 14 proyectos de reforma legislativa, elaborados por la Comisión Asesora para la Reforma a la Justicia (CARJ), con el propósito de avanzar hacia una justicia más humana, eficiente, cercana, transparente e incluyente.
“Hoy, junto a la Comisión Asesora para la Reforma a la Justicia, que funcionó y se reunió durante los cuatro años de gobierno, entregamos 14 proyectos de reforma legislativa para dar respuesta a desafíos urgentes que enfrenta la justicia en Colombia.

La justicia sólo puede llamarse pública cuando sea accesible a todas las personas. Este informe constituye un elemento trascendental de diálogo y articulación en el plan decenal de justicia, planes de desarrollo de la rama judicial y planes de desarrollo de los próximos gobiernos», aseguró la ministra de Justicia.
Las iniciativas fueron puestas a disposición del Congreso de la República, y en especial de la bancada del Pacto Histórico, con el fin de impulsar una agenda de reforma con visión de Estado, concebida para trascender los periodos de gobierno y servir como base para las transformaciones que requiere la justicia colombiana. Los proyectos son el resultado de un proceso de construcción técnica, plural y participativa que reunió a las principales instituciones del sector justicia, la academia, organizaciones de la sociedad civil y expertos, con el acompañamiento técnico del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA).
La Comisión también formuló lineamientos de política pública para fortalecer el acceso a la justicia y modernizar el sistema judicial con una perspectiva de largo plazo.

Las 14 iniciativas abordan de manera integral algunos de los principales desafíos de la justicia colombiana. Incluyen reformas para fortalecer la respuesta frente a las violencias basadas en género; modernizar el sistema penal; unificar el régimen procesal penal; fortalecer la justicia restaurativa y la resocialización; concentrar la acción penal en los casos de corrupción; ampliar la protección de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos; actualizar las normas sobre familia, arbitraje y función pública; reforzar la independencia judicial y el control jurisdiccional sobre funcionarios de elección popular; y modernizar el derecho laboral colectivo para responder a las nuevas realidades del mundo del trabajo.
«Desde este ministerio mantenemos nuestra mayor disposición para que este espacio, que les pertenece a ustedes y a toda la ciudadanía, continúe su labor y siga contribuyendo a la construcción colectiva de una agenda de reforma a la justicia plural y al servicio de la ciudadanía.

La reforma a la justicia es un proceso permanente de diálogo plural, técnico e institucional que trasciende gobiernos. Es una cuestión de Estado», enfatizó la ministra de Justicia, Cielo Rusinque.
La totalidad de los proyectos, junto con el informe final de la Comisión y una cartilla de pedagogía ciudadana, quedará disponible para consulta pública en el portal del Ministerio de Justicia como un insumo para el debate democrático y la construcción de una política de Estado.
Estos documentos servirán como base técnica para que el Congreso de la República y los futuros gobiernos continúen impulsando la modernización de la justicia y las transformaciones que el país requiere.
Las 14 propuestas normativas que se presentaron al país
1. Ley de erradicación de las violencias basadas en género

Este proyecto busca que el sistema judicial responda mejor cuando una mujer o una persona con orientación sexual o identidad de género diversa sufra violencia por su condición.
De tal forma, establece herramientas para acelerar los procesos penales, cambia cómo se valoran las pruebas para evitar prejuicios de género, y crea reglas especiales para que la palabra de la víctima, cuando se combina con otros indicios, pueda ser valorada con mayor credibilidad.
Se propone la creación de una nueva institucionalidad: una dirección especial en la Fiscalía, jueces, fiscalías especializadas y «Centros Judiciales» en todo el país donde la víctima encuentre en un solo lugar acompañamiento psicológico, representación legal gratuita e investigación penal.
Esta red se construiría de forma gradual en 10 años, con el apoyo del ejecutivo. Esta realidad que afrontan los colombianos fue trabajada desde la Subcomisión de justicia inclusiva y enfoques diferenciales.

Las reformas penales presentadas por la Comisión Asesora para la Reforma a la Justicia toca temas clave como Allanamiento, preacuerdos y negociaciones, sistema inquisitivo, Libertad condicional y beneficios para condenados, contratos sin requisitos legales, entre otros que la explican de la siguiente manera:
2. Allanamiento, preacuerdos y negociaciones
Desde subcomisión de reformas penales el proyecto aclara una confusión que sobre las reglas aplicables en dos situaciones diferentes: cuando una persona acusada acepta los cargos por su cuenta (allanamiento) y cuando esta persona negocia con la Fiscalía (preacuerdo).
Así, establece rebajas de pena más claras y escalonadas según qué tan temprano en el proceso se acepte la responsabilidad, y da más estabilidad a los acuerdos ya pactados para que la Fiscalía no pueda dejarlos sin aplicación por presiones externas.
También limita la posibilidad de anular un acuerdo solo por razones de forma, y crea un régimen especial (con rebajas menores) para delitos muy graves como los cometidos contra niños o el feminicidio, en lugar de prohibir por completo cualquier beneficio como ocurre hoy.
3. Eliminación definitiva de la Ley 600 de 2000 (sistema inquisitivo)
Colombia todavía tiene dos sistemas penales funcionando en paralelo: el antiguo (Ley 600 o de corte inquisitivo) y el actual (Ley 906 de carácter acusatorio).
Con este proyecto se elimina el sistema antiguo de una vez por todas, incluso para los casos de congresistas y otros funcionarios con fuero, que hasta ahora se investigaban bajo las reglas del primer régimen.
Para no generar caos, los procesos que ya estén muy avanzados terminan bajo las reglas actuales, mientras que los que apenas empiezan pasan al nuevo sistema. También define quién controlará las garantías de los congresistas investigados, repartiendo esa función entre la Corte Suprema y los tribunales superiores.
4. Congruencia y solicitud de absolución por parte de la Fiscalía
Actualmente, un juez puede condenar a alguien incluso si la propia Fiscalía pidió su absolución al final del juicio, lo cual deja a la persona acusada sin poder defenderse de una condena que ninguna parte procesal promueve.
Este proyecto propone que, por regla general, si la Fiscalía pide la preclusión, el juez debe absolver al procesado.
Solo en casos excepcionales, si el juez valora pruebas sólidas de responsabilidad, puede abrir un trámite especial donde le pide a la Fiscalía que reconsidere su posición y le da a la defensa la oportunidad de presentar pruebas y alegatos frente a esa nueva posibilidad, evitando así un fallo no esperado.
5. Libertad condicional y beneficios para condenados
El proyecto cambia las reglas de la libertad condicional para que dependa realmente del buen comportamiento de la persona en la cárcel, y no de que el juez vuelva a evaluar qué tan grave fue el delito (dado que eso ya lo decidió el juez que dictó la condena).
También premia con más días de rebaja de pena a quien tenga conducta ejemplar o mantenga sus lazos familiares, y busca que las personas puedan redimir pena haciendo trabajos relacionados con su profesión.
Además, crea la posibilidad de que salde su deuda con la sociedad y colabore con la justicia (por ejemplo, ayudando a desarticular organizaciones criminales) a cambio de rebajas adicionales de pena, algo que hoy no existe con claridad en el sistema acusatorio.
6. Reforma al artículo 410 del Código Penal (contratos sin requisitos legales)
Hoy, un funcionario público puede terminar en proceso penal por errores administrativos en un contrato estatal, incluso sin la intención de incurrir en una práctica delictiva, lo que satura la Fiscalía con miles de casos que casi nunca terminan en condena.
El proyecto agrega un requisito para la iniciación del proceso: solo será considerada la conducta como delito si el funcionario actuó con el propósito de obtener un beneficio indebido para sí mismo o para otro.
Con esto se busca que la justicia penal se concentre en los verdaderos actos de corrupción y deje los simples errores administrativos para sanciones disciplinarias, liberando recursos judiciales y protegiendo a servidores públicos que actúan de buena fe.
Desde la Subcomisión académicase plantearon varios de los proyectos presentados y descritos según las necesidades presentadas por la ciudadanía:
7. Caducidad de la acción de reparación directa
Normalmente, alguien que quiere demandar al Estado por un daño tiene solo 2 años para hacerlo. Este proyecto crea una excepción: cuando el daño se deriva de violaciones graves a los derechos humanos, crímenes de lesa humanidad o infracciones graves al derecho humanitario, la demanda podrá presentarse en cualquier tiempo, sin ese límite.
Esto responde a que este tipo de violaciones muchas veces se conocen o se prueban muchos años después de ocurridos los hechos, por lo que un plazo corto terminaba dejando a las víctimas sin posibilidad real de ser reparadas.
8. Derecho de habitación del cónyuge o compañero(a) supérstite (viudo o viuda)
Cuando muere una persona casada o en unión libre, hoy es posible que su pareja sobreviviente pierda el lugar donde habitaban, porque el inmueble entra a repartirse entre todos los herederos.
Este proyecto crea un derecho a seguir viviendo gratis y de por vida en esa vivienda, siempre que haya sido el hogar familiar, no se tenga otra propiedad similar y la relación haya durado al menos 10 años.
Este derecho se puede perder si la persona consigue otra vivienda, o si el juez lo considera necesario por otras causas, pero se protege al sobreviviente especialmente en casos donde ha habido violencia o falta de pago de alimentos por parte de quien debía darlos.
9. Modificación de la Ley 54 de 1990 (uniones maritales de hecho)
Actualmente, si una persona convive en unión libre mientras todavía está casada (pero ya separada de hecho de su cónyuge), los jueces no siempre reconocen que esa nueva pareja tenga derecho al patrimonio que se haya construido en la relación. El proyecto aclara que sí puede reconocerse esa sociedad patrimonial, siempre que se demuestre que la separación del matrimonio anterior llevaba al menos 2 años.
También resuelve otra duda común: si la pareja de hecho después se casa, el plazo para reclamar los bienes de la unión libre anterior no empieza a correr sino hasta que ese matrimonio termine, evitando que la gente pierda ese derecho por vencimiento de términos sin darse cuenta.
10. Reforma al estatuto arbitral
Este es un conjunto de ajustes técnicos a la ley que regula el arbitraje en Colombia (una forma privada de resolver conflictos, alternativa a los jueces).
Retoma un proyecto de 2021 y propone mejoras en la duración de los procesos, la transparencia al elegir árbitros, el trámite de recusaciones, y la forma en que se presenta la demanda arbitral, buscando procesos más rápidos y confiables.
En términos generales, busca modernizar la justicia arbitral —por ejemplo, permitiendo notificaciones electrónicas y precisando plazos— para que sea una alternativa más ágil y segura frente a la justicia ordinaria, especialmente para conflictos comerciales.
11. Reforma al Decreto 1083 de 2015 (declaratoria de insubsistencia)
Hoy, un funcionario en la Rama Judicial (incluyendo fiscalía) que ocupa un cargo «de libre nombramiento y remoción» (e.g. magistrados auxiliares, abogados asistentes y secretarios de corporaciones judiciales., etc.) puede ser retirado de su puesto sin que su jefe tenga que dar ninguna explicación.
Este proyecto exige que, cuando se trate de funcionarios judiciales o de la Fiscalía que toman decisiones de fondo, esa decisión de retirarlos sí debe estar motivada por escrito.
La idea es protegerlos de presiones externas indebidas, garantizando que si los remueven de su cargo, exista al menos una razón explicada que pueda revisarse.
12. Sistema de control jurisdiccional disciplinario para funcionarios de elección popular
Actualmente, la Procuraduría puede destituir e inhabilitar a alcaldes, gobernadores y otros funcionarios elegidos por voto popular, algo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que viola el derecho al debido proceso pues estas sanciones deberían venir de un juez y no de una autoridad administrativa.
Este proyecto de reforma constitucional propone eliminar esta facultad de la Procuraduría frente a los elegidos popularmente.
En su lugar, crea nuevas salas y comisiones judiciales (dentro de la Corte Suprema para los congresistas, y una nueva Comisión Nacional para los demás servidores públicos elegidos popularmente) que serán las únicas que puedan imponer destituciones, mientras la Procuraduría conserva sus funciones de vigilancia e investigación frente a los demás servidores públicos.
13. Justicia restaurativa
Colombia ya tiene mecanismos para que víctima y responsable de un delito puedan buscar una solución conjunta (mediación), pero en la práctica casi no funcionan fuera de las ciudades grandes, y solo aplican a delitos menores y en una etapa muy limitada del proceso.
Este proyecto amplía la mediación a más momentos del proceso (incluso después de la condena) y crea un modelo con presencia en zonas rurales, apoyado en universidades y comunidades étnicas.
También cambia la forma de medir el éxito del programa: en vez de contar cuántas actas de acuerdo se firman, se medirá si las víctimas quedaron realmente “satisfechas” y si los acuerdos se cumplen en el tiempo, evitando que la mediación se use para presionar a las víctimas.
14. Reforma al derecho laboral colectivo
Esta propuesta plantea cambios a la Constitución (artículos sobre sindicatos, negociación colectiva y huelga) y al Código Sustantivo del Trabajo, con el fin de fortalecer a los sindicatos frente a los empleadores.
Busca, por ejemplo, que sea más difícil despedir o presionar a un trabajador por participar en un sindicato, que se exijan menos afiliados para crear uno (de 25 a 15), que las multas para empleadores incumplidos sean mucho más altas, y que el derecho de huelga se aplique también en el sector público con límites más claros.
También actualiza reglas pensadas para el trabajo tradicional (por ejemplo, la definición de convención colectiva) para que incluyan formas modernas de empleo como el teletrabajo o las plataformas digitales, y busca que los acuerdos colectivos realmente se cumplan, no solo que queden firmados en el papel.
