

Bogotá, octubre de 2025. News Press Service. Invocando el derecho a la salud que ordena la Constitución Política en Colombia para todos los ciudadanos, Héctor Daniel Peñaloza Viviescas, quien padece VIH, presentó acción de tutela ante la Corte Suprema de Justicia, reclamando atención médica que varios despachos judiciales y el Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio le han negado.
De acuerdo con su apoderado, Gregorio Esteban Toro Barrera, Peñaloza Viviescas, presenta VIH B24X, por lo cual requiere tratamiento especializado y que le han negado reiteradamente, pese a sus numerosas solicitudes ante los juzgados de Bucaramanga, Puerto Inírida, gobernación del Guanía y el Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio.
Educador de profesión, trabaja en Puerto Inírida, pero, de acuerdo con prescripción médica, padece VIH y trastorno mixto ansioso depresivo, enfermedades que requieren seguimiento médico permanente en centros hospitalarios de tercer y cuarto nivel que no hay en la capital del departamento el Guania.
Un dictamen médico laboral del 24 de abril de 2024 recomendó expresamente “facilitar el cambio de ubicación laboral y adecuado siguiendo las recomendaciones médicas”. Sin embargo, el Juzgado 13 Penal del Circuito de Bucaramanga, en sentencia de tutela de 31 de julio de 2024, concedió parcialmente el amparo y ordenó priorizar el traslado dentro del mismo ente territorial.

Después, el Tribunal Superior de Bucaramanga – Sala Penal, mediante fallo del 05 de septiembre de 2024, modificó parcialmente el fallo y ordenó realizar el trámite administrativo en tres días, pero no ordenó el traslado efectivo, generando una decisión formalmente cumplida pero materialmente ineficaz frente a la urgencia médica.
Posteriormente, el Juzgado 13 Penal del Circuito, mediante auto del 28 de octubre de 2024, se abstuvo de abrir incidente de desacato, pese a que la vulneración continúa y Peñaloza Viviescas no ha sido trasladado, violando su derecho a la salud y vida digna.
De acuerdo con recomendaciones médicas de urgencia del 03 de octubre de 2025, que sugieren traslado inmediato a Bucaramanga o Bogotá D.C. ante el agravamiento de su cuadro clínico inmunológico y psiquiátrico, no se han cumplido.
También por ser docente del Magisterio Nacional afiliado al régimen especial de salud FOMAG, reclama atención, también negada, por diagnóstico médico: VIH/SIDA estadio II, trastorno mixto ansioso depresivo, obesidad, masa torácica, entre otros.
En conclusión, la acción de tutela presentada por Héctor Daniel Peñaloza Viviescas, ante el máximo tribunal de justicia de Colombia contra todas esas dependencias judiciales y el magisterio reclama y exige derecho a la vida en condiciones dignas, a la salud integral, seguridad social y trabajo.