

Por Alberto Restan Hincapié
Bogotá, octubre de 20225. News Press Service. Tras varias semanas de polémicas sobre la posibilidad de que se lleve a cabo la consulta del Pacto Histórico, en la tarde del 15 de octubre se confirmó que finalmente se registraran el 26 de octubre.
Estas se efectuarán en un contexto jurídico y político, puesto que además de escoger al candidato presidencial del partido político, también medirá el poder electoral que sigue teniendo el Pacto Histórico.
Sin embargo, antes de la confirmación de la consulta, el precandidato Daniel Quintero renunció a su participación en esta, aludiendo a una presunta alteración de las reglas del juego.

En diálogo con WRadio, Quintero indicó que optara a seguir en la disputa electoral mediante su partido político.
“Lo que querían era tendernos una trampa para que, una vez ganáramos la consulta, no pudiéramos ir al Frente Amplio y quedáramos eliminados del juego el próximo año”, indicó el exalcalde de Medellín, que ha recibido críticas por su decisión, que para algunos expertos es tardía.
Una de las dudas que generó este anuncio fue sobre la posibilidad de que la renuncia de Quintero representara que el antioqueño quedara por fuera de la contienda del 2026.
Al respecto, la directora de la Misión de Observación Electoral (MOE), Alejandra Barrios, señaló que Quintero no podría seguir ligado a las elecciones presidenciales, lo que incluye el aval de otras organizaciones y la recolección de firmas.
Sin embargo, esta no fue la única interpretación sobre el tema, puesto que, mientras el Pacto Histórico pidió la reimpresión de los tarjetones para que los votantes no se equivoquen.
En ese sentido, el exregistrador Alfonso Portela indicó a El Colombiano que las sanciones posibles van ligadas a los colectivos y no directamente a las personas involucradas, en este caso Daniel Quintero.
Sobre la posible multa, explicó que las normas electorales no estipulan un valor automático por renunciar a una consulta antes de que esta se registre, citando el artículo 107 de la constitución, que habla de la regulación, la financiación y los efectos de ello, que no mencionan sanciones individuales.
En ese sentido, también explicó que la ley 1475 de 2011 regula la organización de partidos y procesos electorales, que también estipula sanciones contra las colectividades, no para los precandidatos que se retiren.
Es decir, que el impacto jurídico de la renuncia de Quintero tendrá una consecuencia dentro de la coalición y económica que también podría perjudicar al partido político, siempre y cuando se demuestre que con el retiro se registró un detrimento patrimonial.