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Por Gerney Ríos González
Abogado de la Universidad La Gran Colombia, Especialista en Derecho Procesal Civil de la Universidad Externado de Colombia y Máster en Argumentación Jurídica de la Universidad de Alicante.
En los cerca de siete lustros de ejercicio profesional en la judicatura, se ha desempeñado como juez promiscuo municipal, promiscuo del circuito y civil del circuito, magistrado auxiliar de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y magistrado titular del tribunal superior de Medellín; fue presidente del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio e integrante de la Sala Civil Familiar. Elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, Magistrado de la Sala de Casación Civil de la Corporación.
Docente de Derecho Procesal Civil en la Maestría y la Especialización de la Universidad Externado de Colombia y Formador de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla. Profesor en Derecho Constitucional, Procesal Civil y Romano
Autor de las obras individuales “Elementos de Práctica Procesal”, “Juez Director del Proceso Civil” y “Los Procesos Declarativos en el Código General del Proceso”, publicadas para la formación de Magistrados y Jueces.
Autor, en obras colectivas, de los textos “Comentarios al Código General del Proceso”, editado por la Universidad de los Andes (2014), “Código General del Proceso Comentado”, producido por el Instituto Colombiano de Derecho Procesal (2014), y “La Oralidad en el Proceso Civil”, de Ediciones Nueva Jurídica, Segunda Edición (2014).
Partícipe de la Comisión Revisora del Código General del Proceso. Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal, del Instituto Colombiano de Derecho Procesal y de la Comisión Judicial Nacional para la Implementación de la Oralidad en Derecho Civil y de Familia.
Condecorado por el Gobierno Nacional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Superior de la Judicatura con la medalla “José Ignacio de Márquez”, año 2013, concedida al Magistrado de la Jurisdicción Ordinaria en el país como reconocimiento a sus “servicios eminentes a la causa de la justicia”. Miembro de la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial.