El Decreto 0173 de 2026 establece un impuesto al patrimonio para personas jurídicas. Los sectores gravados con tarifa 1,6%, la más alta, aplicable a actividades de extracción de petróleo, carbón e instituciones financieras, tendrán a cargo 4,1 billones de pesos de impuesto, correspondiente al 65% del total recaudado por la medida.

Bogotá, marzo de 2026. News Press Service. En un contexto de competencia global por capital, esta medida puede deteriorar la percepción de Colombia como destino de inversión, más aún cuando este tipo de impuesto es poco común a nivel internacional, dice la Asociación de Instituciones Financieras.
En ANIF estimamos que el recaudo rondaría los 6,3 billones. Los sectores de mayor aporte son la extracción de petróleo y las instituciones financieras.
Recientemente, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0173 de 2026 en el marco de la Emergencia Económica, Ecológica y Social, mediante el cual se establece un impuesto al patrimonio para personas jurídicas con el fin de aumentar el recaudo. El documento inicial fue modificado el 12 de marzo mediante un nuevo Decreto, el 0240 de 2026.
Con su expedición, el gravamen aplica a sociedades con patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT ($10.475 millones), con una tarifa general de 0,5%. No obstante, se fija una tarifa diferencial de 1,6% para ciertos sectores, en particular el financiero y el extractivo. Adicionalmente, se contemplan exclusiones específicas, como las empresas del sector salud y empresas de servicios públicos domiciliarios en zonas afectadas, las cuales no serán sujetas al impuesto.
Este tipo de medidas son poco usadas en el mundo. Actualmente solo cinco países2 mantienen alguna modalidad de impuesto al patrimonio empresarial.

En todos los casos, las tarifas son relativamente bajas —inferiores al 1%— y de alcance específico, lo que evidencia que se trata de un instrumento poco extendido y transitorio. Ahora bien, un impuesto de esta naturaleza tiene implicaciones económicas de fondo.
Al gravar el nivel de capital, se encarece la acumulación de activos productivos, lo que desincentiva la expansión de las empresas.
Además, en un contexto de relocalización de capitales y mayor competencia en términos de rentabilidad, este gravamen envía una señal negativa a inversionistas extranjeros, que podrían reducir el apetito de invertir en nuestro país por un marco tributario menos conveniente.
ANIF publicó el 18 de febrero3 estimaciones de la medida con base en anuncios del momento, sin conocer el Decreto que se expediría días después. Los cálculos son revisados a la baja pues se aplican a actividades específicas, con tasas diferenciales y deducciones aplicables.
Con los nuevos parámetros consignados en el Decreto, desde ANIF calculamos el recaudo del impuesto al patrimonio utilizando información empresarial a nivel de firma proveniente de la plataforma EMIS. Para ello, las empresas se clasificaron entre aquellas sujetas a la tarifa diferencial del 1,6% y el resto de los sectores con la tarifa general.
Adicionalmente, con el fin de evitar doble conteo, en los grupos empresariales se excluyeron las subsidiarias. Dado que la base de datos está disponible hasta 2024, el patrimonio fue proyectado al primer trimestre de 2026 con base en el crecimiento promedio reciente.
Bajo estos supuestos, el recaudo potencial estimado asciende a 6,3 billones de pesos4 , de los cuales 4,1 billones (65%) provendrían de los sectores sujetos a la tarifa del 1,6%, mientras que los 2,2 billones restantes (35%) corresponderían a aquellos gravados con la tarifa general del 0,5%.
Lo anterior muestra que los sectores gravados con la tasa más alta son los de mayor impuesto a cargo.
Se resaltar que no es claro cómo ese costo está relacionado con la emergencia económica, lo que puede interpretarse como una medida de discriminación sectorial.
En suma, si bien el impuesto al patrimonio puede representar una fuente importante de recaudo en el corto plazo, sus implicaciones económicas no son menores.
Colombia atraviesa una crisis de inversión, donde la formación bruta de capital fijo se ha reducido de manera dramática: en 2015 representaba cerca del 24% del Producto Interno Bruto, y pasó a tan solo 16% en el 2025.
Medidas como estas deterioran la competitividad del país en la atracción de capital. Por el contrario, se debe avanzar en diseñar incentivos para la creación de activos productivos, que permitan impulsar el crecimiento de largo plazo.
