En los 70 años lanza colección editorial
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La Universidad La Gran Colombia, presentó ante la comunidad académica nacional e internacional el libro APUNTES DE SAN ANDRÉS, construido en una visión jurídica, anecdótica e histórica, desde 1803 hasta 2014. El autor de este interesante texto es el jurista Pedro Nel Pinzón Guiza, magister en derecho público, con especialidades en derecho constitucional, derecho administrativo, derechos humanos, gerencia pública y control fiscal.
En el marco de la celebración de los 70 años, fiel a su nombre y a la responsabilidad histórica implícita, la Universidad La Gran Colombia, editó una colección de los textos de su fundador, doctor Julio César García Valencia y continúa con esta edición de territorios, con el fin de apropiar la esencia cultural, geográfica e histórica de la Nación.
APUNTES DE SAN ANDRÉS, Colombia Insular del Caribe, es el resultado del análisis del abogado-escritor Pedro Nel Pinzón, como docente y litigante, realizado al interponer una demanda de inaplicabilidad del fallo en el caso de Nicaragua contra Colombia, proferido por la Corte de La Haya, en 2012. Si bien, la Corte Constitucional desestimó la demanda presentada por Pinzón, este escrito era similar en pretensión de inaplicabilidad al que se admitió y resolvió ese mismo alto Tribunal, por el entonces presidente Juan Manuel Santos Calderón.
Este texto, por tanto, constituye un esfuerzo académico y compilatorio del autor, que la Universidad La Gran Colombia acoge como un llamado de atención a las presentes y futuras generaciones para el conocimiento histórico de la Colombia Insular del Caribe desde la formación de la República hasta nuestros días.
El prólogo titulado San Andrés, Seducción Imperial, es de la autoría del escritor e internacionalista grancolombiano, Gerney Ríos González, consta de 40 páginas y es una contextualización de realidades que conecta con la dinámica de Pinzón Guiza.
PRÓLOGO
Por Gerney Ríos González
“Cálculos conservadores estiman en 40 mil millones de dólares las obras de construcción del canal de Nicaragua, iniciativa del Presidente Daniel Ortega aprobada por el Congreso de esa nación centroamericana.
Trata de una construcción que franqueará el esfuerzo desarrollado por la ingeniería norteamericana en el Canal de Panamá, obra que pasará a planos inferiores frente a la magnitud del paso del Atlántico al Pacífico en territorio “nica”.
El neo-imperio chino alarga sus garras en América y ello tendrá a largo plazo implicaciones políticas, dadas las dimensiones económicas del gigante asiático, segunda potencia en el mundo globalizado del Siglo XXI.
El Canal en esa nación será una de las obras más ambiciosas de cualquier país centroamericano. Estará a cargo de la compañía dirigida por el magnate Wang Jing, la China Railroad Engineering Company y la HK Nicaragua Canal Development que tiene sede en Hong Kong e inscrita en las Islas Gran Caimán y un sólo dueño, el mismo Wang Jing.
El Canal Interoceánico nicaragüense, producirá un millón de empleos y el PIB de esa nación, escenario de revoluciones en el pasado, crecerá un 15 por ciento al año. El canal está diseñado para el curso de buques de gran calado, de última tecnología, quedando el de Panamá corto en la “aldea global” con el comercio del mundo asiático, Europa y América. De acuerdo a las especificaciones técnicas, comprenderá además un ferrocarril transoceánico, excelentes carreteras, oleoducto, puertos en ambas costas, zonas de libre comercio, aeropuertos, lo que aumentará el potencial económico de Nicaragua en el futuro con relación a los demás países hemisféricos, centro y sur de América. La población “nica” activa laboralmente, al año 2021, se calcula en dos millones de personas. Se sabe que el diseño del proyecto fue de la firma conducida por Wang Jing, quien ha puesto los ojos en otros canales de la región, factibles de construcción en los próximos lustros.
La gigantesca obra de ingeniería despertó toda suerte de comentarios y opiniones de expertos en el futuro económico, social y político del “Continente del tercer día de la Creación”. Desaparecerán las selvas, los ríos cambiarán de curso, secarán sus aguas, los lagos y el ambiente padecerán un deterioro macro. No hay duda sobre esto. Pero en aras del progreso, la región sufrirá impresionantes cambios en su fisonomía geográfica.
La ambición de canales va más allá de Nicaragua. Se sabe que Costa Rica proyecta el montaje de una supercarretera que unirá los océanos Atlántico y Pacífico. Colombia por su lado negocia con la China Railroad Engineering Company, la construcción de un canal seco, conector entre los proyectados Puerto de Tarena-Urabá en el Caribe y Tribugá-Chocó en el Mar del Sur. Trasciende que México tiene sus esperanzas de erigir un canal en el itsmo de Tehuantepec. La región sumará canales y canales para globalizar el comercio con el mundo en una época de grandes transformaciones sociales y políticas, con covid-19 a bordo. Falta concretar el sueño de Guatemala consistente en erigir un canal de 390 kilómetros, gasoducto y oleoducto, carretera de alta velocidad, paralela a una línea de tren con un costo de más de 10 mil millones de dólares. Honduras no se queda atrás y concibe un canal con una cuantía de 20 mil millones de dólares, con ferrocarril que alimentará plantas de fuerza mareomotriz. Todos estos sueños de ingeniería, en manos de expertos chinos, con los cuales se adelantan las negociaciones.
Algunos vaticinan un descalabro para esos países, con ruina incluida en el peor de los casos, habida cuenta de las características regionales, naciones pobres, con problemas sociales y económicos. Los tres canales anunciados tendrán valores superiores a los 70 mil millones de dólares, de no surgir otros imprevistos.
Para tener en cuenta, los proyectos canaleros conciben sistemas ferroviarios. Colombia no avizora en ningún proyecto este sistema de transporte esencial para enfrentar los retos, producto de los Tratados de Libre Comercio. Formamos parte del trío de países que no necesita del “caballo de hierro”, por asuntos de intereses particulares, “genialidad” del neoliberalismo liderado en 1990 por el mandatario Cesar Augusto Gaviria Trujillo.
Esa es Colombia, con reformas agrarias y sin revoluciones del sector financiero monopolístico, que entre 2001 y 2015 aumentó las utilidades en un 1.111 por ciento al pasar de 319 mil millones de pesos a 4 billones respectivamente, mientras que en el mismo periodo el Índice de Precios al Consumidor solo creció el 52,8 por ciento. En una década, los bancos tuvieron un engrandecimiento en sus activos del 294,7 por ciento, al pasar de 68,6 billones en el 2001 a 202,5 billones en el 2009. En el caso del patrimonio, esta misma relación fue del 377,1 por ciento, mientras que el capital social, lo aportado de sus bolsillos por los banqueros, tan sólo subió el 4,3 por ciento.
Canal paralelo
Opiniones en pro y contra del Canal nicaragüense se escuchan en el ámbito mundial. Acarreará implicaciones políticas en la región. Todo por cuanto China, el gigante asiático gana la partida, con patrocinio económico e influencia política en la zona centroamericana, y repercusiones en suramérica, no oculta los razonamientos de expertos en geologística estratégica.
En el inmediato pasado, la construcción del Canal en Nicaragua iniciativa del presidente Daniel Ortega, gozó de los coqueteos financieros de Japón y Rusia. El oso soviético que 60 años atrás, alargó sus peludos brazos para apretar a Cuba y brindar apoyo a la revolución contra el dictador Fulgencio Batista, perpetuando en el poder la ideología marxista-leninista con sus cabezas visibles el Comandante Fidel Castro y su hermano Raúl. El Congreso de Nicaragua aprobó la idea del mandatario Ortega, dio luz verde al proyecto, con poca oposición y acto seguido se dispararon los comentarios por la factibilidad de crear un gemelo del Canal de Panamá, cambiando, cuando entre a operar, la fisonomía económica del planeta que habitamos.
Nicaragua, con este anuncio de una gigantesca obra de ingeniería de punta, con los apoyos tecnológicos del Tercer Milenio, entra a reforzar su presencia en el mar Caribe, esto es, las aguas territoriales de Colombia, buena parte de su soberanía marítima entregada al país “nica” por un fallo espurio de la Corte Internacional de La Haya, demandado ante otras instancias judiciales por el gobierno nacional. La “autonomía” de Nicaragua sobrepasa el meridiano 82, un límite que siempre figuró en la cartografía y la diplomacia para garantizar los derechos ancestrales de los habitantes del Archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina y Cayos.
En los casos de Rusia y China, no hay que dudarlo, la penetración de sus intereses es previsible. China, con esta cooperación económica y tecnológica, extiende sus garras de tigre asiático, sobre el panorama político de la región centroamericana y de hecho su presencia en Indoamérica es inocultable; cuándo veremos en operación el Canal “nica” es asunto de esperarse y no desesperarse. El protagonismo de China en los mercados continentales no es cosa nueva. Desde su despertar al comercio globalizado, la nación siempre ha ejercido gran influencia económica.
La diplomacia europea ha penetrado a través de los siglos en el concierto de los países americanos en desarrollo. El advenimiento al poder de grupos nuevos, nacionalistas, neoliberales, social-nacionalistas, revolucionarios (Cuba, Nicaragua, Venezuela, Bolivia, Perú), facilitó la injerencia de los neo-imperios, China y Rusia, en la estructura política de aquellos. El Canal en Nicaragua tiene importancia capital para la región. La sola ampliación del Canal de Panamá para permitir el tránsito de barcos de última generación, transportadores de mercancías del gigante euro-asiático, no es garantía del flujo comercial que ahora es el baluarte de las relaciones entre naciones.
La presencia china en esta obra, abre nuevas disyuntivas al ajedrez geologístico de Indoamérica. Existen relaciones sino-estadounidense, permeadas por diversos coronavirus; igual, los países latinoamericanos con los dos colosos mundiales. Esperemos que las obras del segundo Canal arranquen para estar presentes en los acontecimientos políticos del futuro.
Fallo espurio de La Haya
Conocidos no pocos argumentos jurídicos, Nicaragua lleva la delantera a Colombia en materia de reclamaciones y que el Fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya favorece especialmente en la pretendida construcción del canal interoceánico para el paso del Atlántico al Pacífico de grandes buques cargueros.
Colombia ha presentado reclamaciones a la CIJ para una revisión del fallo que lo despoja de buena parte del mar territorial tradicional en el Archipiélago de San Andrés Islas, para entregarlo a Nicaragua, privando a los pescadores artesanales colombianos de su trabajo en esas aguas.
Estudios adelantados sobre el caso del fallo de la CIJ de La Haya, supone que el escrutinio no es viable, pues “antes de iniciar el proceso de revisión la Corte exigirá que se cumpla lo dispuesto por el fallo”. Además, “la solicitud de revisión deberá presentarse dentro del término de seis meses después de descubierto el hecho nuevo” y “no podrá pedirse la revisión una vez transcurrido el término de diez años después de la fecha del fallo”. Colombia tiene plazo hasta el 18 de noviembre de 2022 para demandar el veredicto de fecha 19 de noviembre 2012.
Juristas, expertos, e internacionalistas, incluso ex cancilleres, cuestionan el mencionado pronunciamiento de la Corte Internacional de Justicia de La Haya que le cedió mar territorial colombiano a Nicaragua. Y el asunto se complicó aún más con las pretensiones del Gobierno Ortega de conceder espacios para la exploración y explotación de hidrocarburos en las zonas aledañas a la plataforma continental de Colombia. La presencia de naves de guerra rusas en el mar Caribe, presuntamente protegiendo los intereses “nicas”, aun cuando el gobierno de Managua alega que son ejercicios de cooperación amistosa en seguridad estatal, desembocan en interrogantes con varias aristas.
El programa nicaragüense para la construcción del canal interoceánico no es nuevo. Data de la época colonial. Al correr de los años fueron muchas las iniciativas en este aspecto que lanzaron gobernantes de la nación centroamericana. Se remonta a los años independentistas; posteriormente, en el siglo XIX y comienzos del siglo XX. Los estudiosos relacionan la incidencia directa en la pérdida de territorios importantes en el Mar Caribe que afectaron la soberanía reconocida de nuestro país. Se esfumaron las Islas Mangle o Maíz y posteriormente el Istmo de Panamá. No puede olvidarse que, en el gobierno colonial de la Nueva Granada, Colombia era dueña de la Costa de Mosquitos centroamericana y la Costa Atlántica desde Belice.
La ex-canciller Noemí Sanín señaló un presunto conflicto de intereses que involucra a la Magistrada Xue Hanqin de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, de nacionalidad china, con el fabuloso contrato para erigir el Canal Interoceánico de Nicaragua en manos del magnate asiático ligado con los intereses económicos y comerciales de ese Estado. La empresa que construirá la gigantesca obra administrará durante un siglo el canal, permitiendo el paso del Atlántico al Pacífico de grandes buques.
El comercio mundial va en expansión. El mundo se ha reducido a la “aldea global” gracias a las comunicaciones computarizadas. Se prevé a juicio de expertos economistas, la siguiente tabla de crecimiento comercial en millones de toneladas:2017 – 11,0; 2020 – 11,9. En los años 2008 fue de 8,3 y 2011 de 9,1 millones T. Para el canal nicaragüense se prevén dos trazados; el principal del Atlántico de Caimán Rock o Isla del Venado por los ríos Rama y Oyate a Las Lajas, hasta Brito en el Océano Pacífico. Tardará diez años en construir y cálculos aproximados señalan un aumento de las operaciones para 2030, oeste – este de 240%.
GARRAS DEL TIGRE, ABRAZO DEL OSO
El interés geoeconómico-político demostrado con hechos internacionales preocupantes que sobre Nicaragua y Venezuela tienen China y Rusia, es indudable; el primero con sus promesas inversionistas para construir el canal interoceánico, Atlántico- Pacifico; el segundo, recobrar el prestigio de entonces que tuvo el imperio soviético, menguado por el poderío de Estados Unidos y la posición de primer lugar que tiene el país asiático como economía de gran influencia mundial. A raíz del Fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya que despojó a Colombia de 75 mil kilómetros de mar territorial en el Caribe y los entregó a Managua, el mapa cambiará, con las ambiciones sino-ruso, convertidos en aliados de Nicaragua y Venezuela.
Rusia hizo presencia militar con sus “cisnes blancos” en noviembre de 2013, cuando violaron el espacio aéreo de Colombia en el Caribe, sobre las costas de Santa Marta, tras despegar del aeropuerto de Managua con destino al aeropuerto de Maiquetía, Venezuela. Esos “cisnes” son dos poderosos aviones de combate rusos “tupolev”, supersónicos, cada uno con capacidad de llevar en sus vientres doce ojivas nucleares, en la práctica, la carga de muerte apocalíptica para millones de humanos. Este sobrevuelo del espacio aéreo nacional, no llegó a mayores; pero dos días antes, otro incidente similar había ocurrido.
Los Tupolev–Tu 160, o Black Jack, codificación de la OTAN, apagaron sus “Transponder” para no ser detectados por el radar de la Fuerza Aérea Colombiana. En el segundo caso, fueron avistados y aviones militares de la FAC los alcanzaron desde su partida de la Base de Palanquero. Los Kfir se hicieron a los costados de los gigantescos bombarderos y los obligaron a dejar los aires soberanos. Un Tupolev mide 54 metros de largo y la envergadura de sus alas es de 56 metros. Los Kfir de Colombia son mosquitos al lado de ese gigante de los cielos, miden 16 de largo por 8 metros de envergadura alada. Desigualdad notoria y amenazante.
Los reclamos colombianos fueron infantiles, con mensajes a través de la cancillería, pronunciamiento etéreo del gobierno Santos, trinos con ingenuas amenazas de algunos congresistas y todo volvió a la normalidad. Pero Nicaragua, no se puede ignorar, recibe protección militar de alta tecnología frente a la hipotética “agresión” de Colombia al país centroamericano en reacción por la pérdida de esa porción de mar territorial.
Los Tupolev rusos han repetido violaciones en otros países del Viejo Mundo. Los Black Jack sobrevolaron Noruega y fueron interceptados y obligados a dejar el espacio aéreo por dos cazas F-16. Japón también fue observado en 2013 por las mismas armas rusas. Abandonaron el lugar tan pronto avistaron dos cazas F2 nipones. En el caso colombiano, algunos analistas opinan que ese sobrevuelo fue una advertencia rusa: “no se metan con Nicaragua y Venezuela que no están solos”.
Sin embargo, Rusia en determinados casos, ha observado los protocolos para el tránsito de naves aéreas por el espacio colombiano y las relaciones diplomáticas entre ambas naciones son fluidas. En 2013, Rusia solicitó cinco permisos para el paso de naves comerciales en la ruta Managua – Caracas y viceversa. Poderosos cargueros Antonov – 125, con capacidad para transportar 140 toneladas de carga, fueron vistos “pasivamente” en cielos nacionales. No así frente a los terroríficos “cisnes blancos”, o Black Jack, Tupolev Tu 160 con cargas nucleares.
Las autoridades colombianas han sido tímidas en sus reclamos diplomáticos. No es la primera ocasión que ocurren incidentes. La opinión pública recibe someras explicaciones sobre estos acontecimientos y la normalidad vuelve al dominio de la realidad diaria. Rusia ha puesto los ojos y sus ambiciones en centro y sur de américa, avisada sobre aconteceres como el fallo de la Corte Internacional de Justicia, o las pretensiones de Nicaragua de construir por intermedio de una empresa china y ayudas económicas del gigante asiático el Canal Interoceánico sin importar los irreparables daños al ecosistema regional.
Rusia no había vuelto su interés en América a partir del Río Grande hacia el sur continental, desde 1991 cuando el gobierno de Mijaíl Gorbachov desmembró la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS), aceptando la terminación de la llamada “Guerra Fría”. En 2008 y 2013, los rusos efectuaron demostraciones de poderío militar en aguas adyacentes a Nicaragua y Venezuela. Exhibieron entonces lo mejor de su arsenal y mostraron al mundo sus modernas flotas de aviones de combate y barcos de guerra, dos bombarderos Tupolev y tropas encargadas de su manejo. Se recuerda que el gobierno del presidente Vladimir Putin desplazó en aguas suramericanas el crucero militar “Pedro El Grande”, y su buque insignia “Moscú”, en el Mar Negro. Su influencia militar, sinónima de amenazas o prevenciones es global e inocultable a la opinión de analistas internacionales.
De hecho, los intercambios comerciales en armas están a la orden del día. El jugoso negocio favorece las finanzas rusas y refuerza la seguridad de Nicaragua y sus aliados. En 2012 el gobierno de Hugo Rafael Chávez Frías solicitó una adición al presupuesto bélico de Venezuela, compró a Rusia cuatro mil millones de dólares en un “convenio técnico militar”. Por la época navegaba en aguas suramericanas “Pedro El Grande”, crucero disuasivo. Para esos días, Nicaragua adquirió a Rusia dos lanchas lanzamisiles a 45 millones de dólares cada una y cuatro más de patrullaje marino, marca Mirage.
Las naves militares tocaron puertos “nicas” y venezolanos, considerada la política de Putin de retomar para Rusia el calificativo de potencia en el escenario global del siglo XXI. China y Rusia valoraron a través de declaraciones oficiales la importancia que tendrá en el futuro comercial, para Europa y América en conjunto, la construcción del Canal Interoceánico de Nicaragua. Además, la influencia política de los dos neo-imperios en la subregión, de no surgir otras fuerzas transnacionales que estorben estas pretensiones de dominio.
El tigre asiático y el oso moscovita, cada cual, por su lado, están inmersos en la “ayuda” a Nicaragua y Venezuela. La estrategia involucra la política y economía andinas. El canal interoceánico, el botín. De allí el interés de extender las garras del tigre y el abrazo del oso al Mar Caribe para afianzar dominio y posición de potencias orbitales, sueño de Vladimir Putín rubricado en sus movimientos de piezas en el ajedrez global en la década de 2012 a 2022. Todo para enjaular al águila y al cóndor.
Las relaciones “china-nicas” son tan buenas que la misma compañía que construirá el Canal ya ejecutó un proyecto de telecomunicaciones en la nación centroamericana. No existe la menor sospecha: Gobierno de Ortega, aliado estratégico de Rusia y China en el Caribe.
Derechos de Colombia en el Caribe
Los derechos colombianos en aguas marinas del norte datan de las Cédulas Reales de 1789 y 1803, siendo presidente el general Francisco de Paula Santander. Además, afianzó su soberanía, llegando hasta la costa de Mosquitos con dominio y propiedad a través del Laudo Arbitral de Émile Loubet, séptimo presidente de Francia durante la Tercera República, documento que otorgó autoridad a Colombia en el entorno centroamericano y del Caribe.
El Fallo Loubet, fue una sentencia dictada el 11 de septiembre de 1900 en la ciudad de Rambouillet, que, tras evaluar la documentación presentada por las partes al gobierno francés, en estricto derecho definió el límite común de la forma siguiente:
“En cuanto a las islas más distantes del continente y comprendidas entre la Costa de Mosquitos, y el Istmo de Panamá, especialmente Mangle Chico, Mangle Grande, Cayos de Alburquerque, San Andrés, Santa Catalina, Providencia, Escudo de Veraguas, así como cualesquiera otras islas, islotes y bancos que antes dependieron de la antigua Provincia de Cartagena, bajo la denominación de Cantón de San Andrés, es entendido que el territorio de esas islas, sin exceptuar a ninguna, pertenece a los Estados Unidos de Colombia”. Hoy República de Colombia, que posee la Real Cédula de 20 de noviembre de 1803 y que por el Uti Possidetis Juris es soberana-propietaria para sí de la Costa de Mosquitos hasta el cabo Gracias a Dios, nombre que se daba al actual litoral caribeño de Nicaragua.
Igualmente, hemos expuesto la tesis de aplicar el Tratado Alfredo Vásquez – Leonard Saccio, como instrumento para contrarrestar legalmente el absurdo fallo de la Corte Internacional de La Haya, que manipula la entrega del mar territorial de Colombia en el Caribe, ancestral y consuetudinario nuestro.
El Tratado Vásquez-Saccio firmado el 8 de septiembre de 1972, en la cláusula tercera, “garantiza a los ciudadanos y buques de Estados Unidos la continuación de la pesca en aguas adyacentes a estos cayos”. El documento se considera un peligro para los intereses nacionales en su plataforma continental. Así las cosas, mal puede Nicaragua reclamar derechos en aguas colombianas.
La cláusula quinta señala, “cada uno de los dos gobiernos conviene en que no celebrará, salvo de acuerdo con el otro gobierno, ningún convenio con un Estado que no sea parte del presente tratado, mediante el cual pueden ser afectados o menoscabados los derechos garantizados”. Colombia en ambos casos debe aplicar la autodeterminación de los pueblos.
La Corte Internacional de Justicia, puede ser investigada por el desconocimiento que tiene del principio Jus Cogens, clave en el Derecho Internacional, consagrado en la Convención de Viena, artículos 53 y 64 sobre el derecho de los Tratados de 1969, referente a la prevalencia de los intereses colectivos fundamentales derivados del derecho natural. En otras palabras, la legitimidad de los habitantes de San Andrés Islas y Cayos, a gozar del mar territorial y sus riquezas, cuestionados por la propiedad que los jueces de La Haya entregaron a Nicaragua.
Sobre la importancia del Jus Cogens, se habla del “iusnaturalismo” del que fueron tratadistas el padre Francisco de Vitoria y Hugo Grocio, norma jurídica del derecho internacional omitida por la CIJ, propiedad impostergable e irrenunciable, caso de los nativos de San Andrés Islas, de origen anglosajón, por tanto, protegidos tácitamente por la Commonwealth.
“Las normas del Jus Cogens constituyen derecho coactivo, compulsorio, imperativo, absoluto, perentorio, terminante, inmutable en esencia, pleno, que protege bienes sociales de una comunidad dada”, – dice Zlata Drnas de Clement, experta internacionalista argentina.
Álvaro Leyva Durán, ex ministro de Estado, quien hizo parte de la Constituyente de 1991, resaltó “el desconocimiento que mostraron los jueces de la CIJ que profirieron el Fallo respecto del valor jurídico de alcance universal de la institución “Jus Cogens”.
El mar territorial arrebatado en el Caribe a Colombia genera zonas contiguas al archipiélago de San Andrés Islas. La Corte de la Haya relegó derechos históricos de la comunidad sanandresana. Aplicó en su falló una ambigua costumbre internacional, haciendo caso omiso del principio Jus Cogens Naturale, no se sabe movida por qué clase de intereses.
Afanes expansionistas
El gobierno de Costa Rica se sumó a la protesta colombiana por las pretensiones de Nicaragua de ampliar zonas marinas en el Mar Caribe para la exploración y explotación de recursos naturales e hidrocarburos. Las aguas que cederían los ticos para el hallazgo de crudos por parte de transnacionales petroleras, hacen parte de la cesión que hizo la Corte Internacional de Justicia de La Haya a Nicaragua en un fallo controvertido que espera demandas frente a instancias internacionales. La afectación del mar patrimonial e histórico de Colombia, 538 mil 574 kilómetros cuadrados, perjudica notoriamente la pesca artesanal de la cual han vivido por siglos los naturales del Archipiélago de San Andrés Islas. Los “nicas” han lanzado sus redes para pescar en islas y cayos pertenecientes a nuestra Patria, reconocidos por Tratados y Laudos antiguos de la Corona española y del gobierno de Francia.
Enrique Castillo, Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica declaró al respecto que “algunas de las zonas contempladas por Nicaragua están dentro de territorio marino costarricense” “Sabemos que no van a contestar de inmediato – añadió el diplomático-, Esto llevará tiempo, pero no vamos a ceder pues es un hecho que están concesionando bloques en el mar territorial costarricense”. Nicaragua tiene los reclamos de sus vecinos por sus afanes y ansias expansionistas en el mar territorial, buena parte del cual es zona de reserva ambiental, protegida por la Organización de las Naciones Unidas y organismos internacionales afines.
Estudiosos de suelos marinos, han desestimado el real alcance de las pretensiones nicoyas. Poco es el estímulo que reciben las compañías exploradoras y explotadoras del mar, pues los enredos diplomáticos, los reclamos de Colombia y otros países del área caribe, serían obstáculo para las operaciones de alta tecnología en la búsqueda de crudo. A lo anterior se suma la falta de información técnica sobre presencia de hidrocarburos en el área escogida por Nicaragua. No sería rentable para ninguna empresa, adelantar estudios y trabajos en zonas marinas objeto de litigios, reclamos y disputas como los planteados por la pretensión de ese país. Ambiciones del gobierno Ortega se trasladan a sus costas en el Océano Pacífico, según mapas divulgados por el Ministerio de Energía y Minas con asiento en Managua.
De concretarse la exploración y explotación petrolera en aguas del Caribe, la soberanía colombiana sería violada con grave detrimento de las buenas relaciones que unen a los países del entorno, centro y suramericanos. Es lo que se desprendió de las declaraciones oficiales conocidas apenas el gobierno de Daniel Ortega lanzó la idea de explorar crudos en el Mar Caribe colombiano. Una gran zona, comprende mar cedido por la Corte Internacional de La Haya alrededor de los Cayos Quitasueño, Serrana, Isla de Providencia e Isla de San Andrés. Estás son áreas colombianas, incluido Quitasueño y adyacentes y una zona amplia de “Reserva de Biósfera Seaflower” que tiene reconocimiento de la Unesco.
Inaplicabilidad del veredicto
Los límites en el Mar Caribe que definen la soberanía de Colombia en el Tratado Esguerra–Bárcenas no cambian para nada, así la Corte Internacional de Justicia de La Haya en controvertido fallo entregara abusivamente a Nicaragua 75 mil kilómetros. El proceso de integración de las naciones indoamericanas sufre un golpe bajo, afectando las relaciones del Nuevo Mundo que busca su independencia geoeconómica y social.
Una sentencia de la Corte Constitucional colombiana sobre el Pacto de Bogotá señala que la CIJ no puede ignorar los límites de nuestro país en el Caribe, toda vez que estos serían modificados previo tratado con Nicaragua; en lo que están de acuerdo especialistas en Derecho Internacional. Los confines por lo que se sabe son anteriores al fallo que despojó de 75 mil kilómetros de aguas caribeñas soberanas favoreciendo al país centroamericano, que entre otras pretensiones quiere para sí el Archipiélago de San Andrés Islas y Providencia, con sus Cayos. Las áreas marinas y submarinas históricamente soberanas de Colombia en el Océano Atlántico ascienden a 538 mil 574 kilómetros cuadrados.
El tratado Esguerra – Bárcenas se firmó en 1928 y entró en vigencia desde 1930; la Casa de Nariño afirmó que la Corte Constitucional ratificó la tesis según la cual, los límites de Colombia en aguas internacionales de su pertenencia solo pueden modificarse por tratado binacional, aprobado por el Congreso, lo que equivale a la inaplicabilidad del fallo en favor de Nicaragua. Empero, las conversaciones entre los gobiernos de Colombia y la nación centroamericana tras la absurda decisión de la Corte Internacional de Justicia de La Haya y los perjuicios económicos surgidos en contra nuestra, son imposible de concretar para un acuerdo limítrofe.
Conocida la decisión sobre el despojo de una valiosa parte de las aguas territoriales colombianas en el Caribe, tomamos la vocería sobre la inaplicabilidad de la medida. La demanda interpuesta por el presidente Juan Manuel Santos contra el Pacto de Bogotá suscrito por Colombia en 1968, arrojó resultados en la Corte Constitucional que en votación de 5 magistrados contra 4, acogió la ponencia del togado Mauricio González que concreta lo afirmado en el libro de mi autoría, Colombia Indiferencia sin Límites: La imposibilidad de cambiar fronteras sin la mediación de un tratado, aprobado por el Congreso y ratificado por la primera autoridad de la nación. La Haya modificó el mapa limítrofe con Nicaragua sin que existiera con Colombia una negociación directa entre las dos naciones, por lo cual el fallo no podía aplicarse a partir de 2012. El Pacto de Bogotá reconocía a la CIJ facultades para resolver disputas limítrofes con los doce vecinos de Colombia.
Nicaragua goza con el fallo de mar territorial de Colombia. El espacio marítimo de ese país, inexistente en el pasado, sirve de marco a los islotes propiedad soberana de nuestra nación como son los Cayos Quitasueño, Serrana, Roncador, Isla Santa Catalina, Isla providencia y San Andrés Islas; el meridiano 82 ha sido limite soberano de Colombia por cédulas reales de la Corona española, Laudo arbitral de Francia, el Tratado Vásquez-Saccio y el Tratado Esguerra- Bárcenas, ignorado deliberadamente por la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
Voces autorizadas reclaman que el gobierno de Colombia negocie un acuerdo limítrofe con Nicaragua. El mensaje de la Corte Constitucional de Colombia es claro sobre la inaplicabilidad del fallo de la CIJ. El gobierno nacional no puede utilizar algo, a lo que le falta definición por medio de un tratado sobre límites. El mar Caribe colombiano aparece cercenado en 75 mil kilómetros, donde hoy pescan los nicoyas con grave perjuicio social y económico de los nativos colombianos.
Carlos Gustavo Arrieta ha figurado de lustros atrás en calidad de agente de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya. El ex -procurador general de la Nación, experto en derecho, considera que el paso a dar por Colombia es la realización de un tratado de límites con Nicaragua para fijar la frontera marítima entre las dos naciones caribeñas.
Pero no solo Arrieta es partidario de esta tesis. El tratado Esguerra – Bárcenas está vigente y por tanto es fundamento jurídico para que no pueda aplicarse el fallo de la CIJ, lo cual equivale a decir, que en la práctica Colombia no ha perdido 75 mil kilómetros de mar Caribe y aun cuando el gobierno de Managua intenta ejercer soberanía allí y pescadores “nicas” adelantan la diaria faena, el paralelo 82 es la frontera marítima que separa los dos países en sus aguas. En estas condiciones, lo actuado refiere al Pacto de Bogotá. En consecuencia, Colombia no debe adelantar tratados con otros países, pues el fallo de la Corte Constitucional es contundente. La controversia jurídica es con Nicaragua; límites con otros países en el mar Caribe, nuestra nación los tiene bien definidos.
El agente colombiano ante la CIJ, atiende demandas de Nicaragua contra Colombia por no acatar el fallo internacional en sus aguas marítimas; otra, de plataforma extendida que son las pretensiones del país centroamericano. Nicaragua debe presentar su demanda completa, esto es, la memoria; Colombia aportará su contra-memoria, en un proceso que comenzó en 2014 y tardará varios lustros. La CIJ está bien enterada de los primeros planteamientos colombianos. Por tanto, no recibe con sorpresa el pronunciamiento jurídico de la Corte Constitucional, que no imparte ordenes de desacato del fallo de La Haya, pero si obliga a la firma de un acuerdo con el gobierno de Managua.
Concretando: El fallo no cambia los actuales límites en el Caribe de Colombia con Nicaragua, por tanto, es inaplicable. Algo de respiro para los nativos del archipiélago de San Andrés Islas, en su mayoría, pescadores artesanales en su diario sustento.
Retomando la historia
Colombia debe aprender de experiencias ajenas, para argumentar valederamente ante la Corte Internacional de Justicia las razones que mueven a los gobiernos de turno a la inaplicabilidad de sus fallos, salvando intereses soberanos de su mar territorial.
Los antecedentes señalan el camino a seguir; desacatar la acción de los togados de La Haya que despojaron al país de 75 mil kilómetros de aguas de gran riqueza ictiológica e hidrocarburos en el mar Caribe, tradicionalmente colombiano gracias a antiguos acuerdos y el tratado Esguerra – Bárcenas basado en el paralelo 82, límite con Nicaragua reclamante. De análoga manera, el dictamen de la CIJ referente a los alegatos de Perú y Chile, sobre frontera marítima, terminada la guerra del Pacifico que, con las armas de ambos bandos en conflicto, determinaron nuevos hitos a esas naciones en el “Mar del Sur”. Recordar que los enfrentamientos o guerras diagnosticaron acuerdos mal concluidos; las heridas por la posesión de territorios continentales y marinos al sur del continente americano surgen del episodio bélico en 1879–1883 que involucró a Perú, Chile, Argentina, Paraguay y Brasil.
La historia condiciona los litigios entre países por la delimitación de espacios marinos en el Pacifico y el Caribe-Atlántico. Está en boga el Derecho del Mar en el cual toma parte secular la geografía y los mapas dispuestos de límites históricos.
La guerra del Pacifico trazó nuevas fronteras en aguas territoriales al suroeste; Bolivia perdió su parte oriental sobre el océano Pacifico y geográficamente se enclavó con servidumbre en el caso del ferrocarril Arica – La Paz. La armonía fue establecida en la subregión con el Tratado de Ancón entre Chile y Perú firmado en 1883. El Tratado de Lima en 1929 ordenó que Tacna pertenecía a Perú y la ciudad de Arica era dominio de Chile. Ese documento fijó la Línea Concordia como frontera terrestre entre los Estados descritos con varias servidumbres a favor de Perú, caso del muelle de Arica; lindero definido en el pacto de Lima, trazo que partió de un punto de la costa, diez kilómetros sobre el Rio Lluta, un arco continuado paralelo a la vía férrea Arica – La Paz.
Ante la Corte Internacional de Justicia, Perú presentó su reclamo, afirmando no haber acordado formalmente la frontera marina entre las dos naciones. Chile alegó la delimitación por acuerdos definidos entre sendos Estados, firmados en 1952 y 1954, objetados por Lima, al ser instrumentos vinculados con la pesca industrial.
Similar al caso Colombia – Nicaragua que algunos estudiosos mencionan en sus escritos. La declaración de zona marítima fue suscrita por Chile, Ecuador y Perú en Santiago, año 1952. Treinta años antes de aparecer la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, los tres Estados de la subregión andina, con vocación Pacífico, proclamaron soberanía y jurisdicción exclusivas, incluidos suelo y subsuelo con una distancia de 200 millas marinas a partir de sus correspondientes costas en el Mar del Sur.
Pero las violaciones fueron constantes. Las fronteras soportaron la invasión de pescadores artesanales, calificadas de accidentales por los Estados firmantes. Chile, Ecuador y Perú en 1954 suscribieron el Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima en un acto de funcionarios de gobiernos y cancillerías sucedido en Lima. Estableció este documento la “zona especial” a partir de las 12 millas marinas de la costa, 10 millas de ancho a cada lado del paralelo constitutivo del límite marino entre esas naciones, siempre teniendo en cuenta que el arreglo en nada afectaba la Declaración de Santiago de 1952.
Lo precedente servirá de guía a nuestros agentes ante la CIJ en las reclamaciones con Nicaragua. La historia es buena consejera, coadyuvada con la geografía y mapas. No paró allí el litigio. Perú invocó a la Corte el trazado de la delimitación entre las zonas marítimas de las partes, partiendo de la Línea Concordia, equidistante de las líneas de bases rectas, distancia de 200 millas náuticas. Perú ejercería derechos soberanos exclusivos. Chile solicitó entonces a la CIJ no considerar las pretensiones incas, alegando que un mutuo acuerdo entre los dos países había consagrado la delimitación de la frontera siguiendo el paralelo de latitud sobre el hito uno de lindero terrestre, más cerca al mar. Perú no tenía derecho alguno sobre la zona marítima al sur de ese paralelo, según Chile.
La CIJ determinó en 2014 que la Declaración de Santiago en 1952 fue Tratado Internacional, pero se cuidó de fijar en ese convenio una frontera marítima. Pese a esto, la Corte de La Haya aclaró que el Convenio de 1954 reconoció la realidad de la frontera, sin entrar en detalles sobre lo acordado entre los países. No tomó posiciones acerca del llamado Punto de Concordia; allí comienza la frontera terrestre entre Chile y Perú, asunto dejado a la determinación de los dos Estados. En este recuento de circunstancias históricas, se recordará que los estatutos de la CIJ facultan a sus jueces para emitir declaraciones, previos estudios, argumentos y votos.
De este modo, el disenso entre magistrados es cosa corriente y arroja luces sobre asuntos internacionales que involucran a las naciones por su soberanía territorial y marina. Se sabe de un cúmulo de opiniones y decisiones en el caso Chile- Perú que parten del término de la Guerra del Pacifico. Entre los más notorios jueces para la emisión del fallo comentado figuraron Xue Hanquin, de China; Giorgio Gaja, de Italia; Dalveer Bhandari, de India; Francisco Orrego Vicuña en calidad ad–hoc, oriundo de Chile, quienes explicaron los elementos importantes de la Declaración de Santiago para la fijación de la frontera, 200 millas náuticas y el Convenio de 1954 y el Acta de 1968 para la colocación de faros en ella.
Uno de los miembros de la Corte, la Juez Julia Sebutinde, de Uganda, mostró su diferencia con las conclusiones del organismo, determinante en el acuerdo de frontera. Explicó que debió hacerse un trazado completo del límite marino. También el Magistrado Hisashi Owada, de Japón aceptó dichas conclusiones con algunos reparos a las razones expuestas por la Corte. Lo mismo actuó el juez ad – hoc Francisco Orrego Vicuña, quien explicó que se adoptó una solución sin precedentes al trazar la delimitación marítima que en su opinión parece favorecer a una de las partes, pero también con la línea equidistante complaciendo al rival. De su lado la Juez Joan E.Donoghue, de Estados Unidos conceptuó que los argumentos presentados por los dos Estados fueron convincentes. Además, la CIJ está abierta a la toma de decisiones, con las experiencias de otras Cortes y Tribunales, sugerencia de la funcionaria para el equilibrio que representa el Derecho del Mar.
Conocida la sentencia los mandatarios Ollanta Humala, Perú; su antecesor Alan García; el mandatario Sebastián Piñera, de Chile y su sucesora Michelle Bachelet, acataron el fallo, ofreciendo respeto al ordenamiento jurídico internacional.
En el caso de Colombia, no se debe desconocer el arbitrio de la CIJ en materias tan sensibles como son las fronteras marítimas y más bien tomar los ejemplos de solución ofrecidos por otros países en tan intrincados asuntos. Solo así las relaciones amistosas y de convivencia entre las naciones podrán fortalecer los lazos fraternales y los procesos integracionistas.
Las ambiciones expansionistas nicaragüenses en el Caribe no cesan. El proyecto para construir el canal interoceánico que unirá a los océanos Atlántico y Pacifico, comienza a ser realidad; el plan avanza ante la obsolescencia que ofrecen al comercio globalizado los canales de Suez y Panamá, este último proyectado a su ampliación cuyas obras presentan problemas ambientales, económicos y tecnológicos. Las economías asiáticas miran complacidas la futura construcción del conector. De hecho, la producción “amarilla” inunda los mercados indoamericanos con grave perjuicio de la industria de los países subregionales, y el Pacifico se apresta con todo su potencial para la aventura de los mercados de la Tierra, denominada en el Tercer Milenio “la aldea global”.
Y mientras Colombia duerme, esperanzada en las soluciones que espera “le caigan del cielo”, Nicaragua, avanza con sus exigencias de más aguas territoriales en el mar Caribe, cuyas peticiones no cesan con sus agentes fletados en la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Los nicoyashacen uso de herramientas económicas-diplomáticas. Nuestra “indiferencia patriótica” los estimula y empuja a lograr sus propósitos, respaldados por juristas expertos en lobby”, contextualiza el internacionalista Gerney Ríos González en la presentación del libro APUNTES DE SAN ANDRÉS, de Pedro Nel Pinzón Guiza, editado por la Universidad La Gran Colombia que celebra 14 lustros de fundación, texto de excelente contenido y edición.