- Esa es la fecha límite, de acuerdo con el Decreto 1009 del 26 de agosto de 2021, para que propietarios, poseedores y tenedores de vehículos identificados con omisión en el registro inicia efectúen el proceso de normalización.
- Los Organismos de Tránsito podrán adelantar el proceso de nulidad de la matrícula a los vehículos que no realicen la normalización dentro del plazo establecido en la normatividad vigente.
- Hasta el 30 de noviembre de 2022 se ha normalizado el registro inicial de 5.776 vehículos, y se ha retirado la anotación como vehículos con omisión a otros 2.331 automotores, los cuales presentaron los documentos necesarios demostrar el cumplimiento de la normatividad vigente en el momento de la matrícula.
- De los 17.527 vehículos identificados con omisión en la matrícula entre 2017 y 2022, el 30 de noviembre de este año 9.450 tenían pendiente de normalizar o aclarar su registro inicial.
Bogotá, D.C. NewsPress Service. Siguiendo el lineamiento de buscar la Justicia Económica del Gobierno Nacional, y en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1079 del 2015, el Ministerio de Transporte viene atendiendo los procesos de normalización del registro inicial de los vehículos de carga con omisión, adelantados por los propietarios, poseedores y tenedores de los automotores, a través del sistema RUNT.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1009 del 26 de agosto de 2021, el Ministerio recuerda a los transportadores de carga que tienen hasta el 26 de febrero del próximo año para normalizar o aclarar la matrícula de los vehículos identificados con omisión en el registro inicial. Hasta el 30 de noviembre, 9.450 vehículos de carga tenían pendiente adelantar este proceso, de los 17.527 marcados por omisión en la matrícula entre 2017 y 2022.
Es de resaltar que de esos 17.527 vehículos matriculados entre el 5 de mayo de 2005 y el 27 de agosto de 2019 que han sido identificados con omisión en el registro inicial, para el 30 de noviembre de 2022 se ha normalizado la matrícula de 5.776 y se ha retirado del Runt y del Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC) la anotación como vehículos con omisión a otros 2.331 automotores. Todos ellos presentaron los documentos necesarios para aclarar y acreditar el cumplimiento de la normatividad vigente en el momento de la matrícula.
El viceministro de Transporte, Eduardo Enríquez Caicedo, manifestó: “Hacemos un llamado a los propietarios, poseedores y tenedores de los vehículos de carga para que realicen la normalización del registro inicial de los vehículos con omisión, y de esta manera acompañen al Gobierno de la Vida en su compromiso con la legalidad y la equidad. Además, para garantizar igualdad de condiciones en la prestación del servicio de transporte de carga, en la medida que todos los vehículos que lo presten hayan cumplido con los requisitos exigidos en el momento de su matrícula”
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los mecanismos que establece la normatividad para subsanar
las omisiones presentadas en el registro inicial de un vehículo de transporte
público y particular de carga?
RESPUESTA:
Para subsanar o normalizar el registro inicial de los vehículos con omisión,
los propietarios de los vehículos pueden utilizar uno de los siguientes
mecanismos:
1. Desintegrar
otro vehículo de carga que cumpla con las equivalencias establecidas en el
artículo 2.2.1.7.7.3 del Decreto 1079 de 2015.
2. Cancelar
el valor de la caución que se debió constituir en el momento de la matrícula
del vehículo, debidamente actualizada a la fecha de la normalización.
3. Utilizar
Certificados de Cumplimiento de Requisitos – CCR que no haya sido utilizado con
anterioridad para la reposición de un vehículo de carga.