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Tomado del libro COLOMBIA INDIFERENCIA SIN LÍMITES, de la autoría de Gerney Ríos González
La Nueva Granada había perdido su soberanía absoluta sobre las costas de Veraguas, gracias al Laudo Arbitral de Loubet, presidente de Francia en 1900, confirmando mandato de la Corona de España referente a los islotes situados en medio de la Costa de Mosquitos y el istmo de Panamá, resaltándose Mangle Chico, los cayos de Albuquerque, Mangle Grande y las islas de San Andrés y Providencia. Pero la desmembración de Panamá en 1903 ocasionó la privación de territorios con Costa Rica, producto de la habilidad diplomática de sus funcionarios. Empero, Colombia mantuvo dominio, soberanía y jurisdicción en las islas mencionadas.
Cuatro acciones auténticas ratifican íntegramente la supremacía colombiana respecto a San Andrés y Providencia, así como de su entorno inmediato:
– La Jurisdicción y autoridad practicada por Colombia durante dos centurias, de manera pacífica y permanente.
– El Tratado Esguerra-Bárcenas, suscrito el 24 de marzo de 1928, aprobado por el parlamento de Colombia a través de la ley 93 de 1928 y por el Congreso de Nicaragua el 6 de marzo de 1930, siendo canjeadas las respectivas ratificaciones el 5 de mayo de 1930.
– La Real Orden de 1803, contundente y específica en su mandato: “las Islas de San Andrés y la Costa Miskita quedan segregadas de la Capitanía General de Guatemala y dependiente del Virreinato de la Nueva Granada”
– La libre y espontánea autodeterminación del pueblo de San Andrés y Providencia en 1822, cuando proclamó su adhesión a la constitución de Villa del Rosario de Cúcuta del 30 de agosto de 1821 – undécimo de la independencia-.
Por iniciativa colombiana se planteó el arreglo del diferendo limítrofe con Nicaragua a fin de dirimir la crisis, encontrando nuestros diplomáticos que ese país “había arrendado por cien años” los islotes a Estados Unidos. Lo único que pudo hacer el negociador colombiano Raimundo Rivas fue aceptar la posesión de hecho ejecutada por el Estado centroamericano. Argumentos de derecho internacional esgrimidos en el asunto carecieron de valor ante la realidad cumplida.
El Tratado Esguerra-Bárcenas entre Colombia y Nicaragua data del 24 de marzo de 1928 y en él se contempla la pérdida de territorios en el océano Atlántico, vitales para la estructura de nuestro país. El 4 de febrero de 1980 la Junta de Reconstrucción Nacional en nombre del gobierno sandinista promulgó una declaración acusando el tratado en mención, con la argucia de que dicho instrumento era nulo y por tanto invalido. A la denuncia del FSLN, se presentó el volumen titulado “Libro Blanco”, un oscuro cúmulo de documentos, pruebas, escrituras y títulos, que demuestran los supuestos derechos que asisten a Nicaragua para defender y mantener la integridad de sus extensiones insulares y la plataforma continental.
Las ambiciones de Nicaragua no terminan. Por diferentes canales pretenden propiedad y soberanía en San Andrés islas y los cayos de Roncador y Quitasueño. Muchas escaramuzas armadas ha protagonizado Nicaragua para estas reclamaciones, que si se vuelve a la cobardía de lustros precedentes puede coronar, ante la pusilánime actitud que siempre Colombia ha exhibido en defensa de su patrimonio territorial.
Nicaragua apetece añadir a su espacio el archipiélago de San Andrés y Providencia, desconociendo el tratado suscrito el 24 de marzo de 1928, al denunciarlo y declararlo nulo e invalidarlo en forma unilateral, codicia que tiene su génesis en 1980.
Con la conformación de un bloque de apoyo en sus pretensiones, para presentarlas como aspiración centroamericana, Nicaragua ejerce presión sobre Honduras y Costa Rica para que no ratifiquen los Tratados Ramírez Ocampo-López de 1986, Lloreda-Gutiérrez de 1984 y Fernández – Faccio de 1977, referentes a aguas marinas y submarinas suscritos con Colombia, influencia que ha tenido éxito pues las dos repúblicas expresaron abiertamente que no revalidarán lo convenido hasta tanto se reconsidere el pretendido diferendo.
El juego de Vásquez
Los derechos colombianos en territorios del Atlántico datan de las Cédulas Reales de 1789 y 1803, y en el gobierno de Santander, época en la cual se afianzó la soberanía colombiana en esos espacios, llegando hasta la costa de Mosquitos donde ejerció dominio y propiedad. El laudo arbitral de Loubet, presidente de Francia, otorgó autoridad a Colombia en dichos cayos y en las islas de San Andrés y Providencia, al oeste del meridiano 82 GMT.
Existe el Tratado Vásquez – Saccio firmado en septiembre 8 de 1972, por el cual ante el silencio del Congreso, la cancillería y la Procuraduría General de la Nación compañías pesqueras de Estados Unidos pueden sacar riqueza ictiologíca de nuestro mar, en aguas jurisdiccionales de las islas. El acuerdo se convirtió e una fuerte amenaza para los intereses colombianos, no solo por la integridad del mar territorial y la plataforma continental de San Andrés y Providencia, archipiélago al cual pertenecen los cayos de Roncador y Quitasueño, sino por el estilo que siempre USA ha empleado en sus tratados, caso México y la separación de Panamá.
Puntos a considerar referente al Tratado Vásquez – Saccio:
La clausula primera dice que Estados Unidos renuncia a reclamar soberanía sobre los cayos de Roncador, Quitasueño y Serrana.
Tras la entrega de Panamá en 1903, barcos de bandera USA anclaban en Roncador, Quitasueño y Serrana. Hacían alto viniendo de la base militar de Guantánamo en Cuba. El gobierno de Washington afanó a Colombia para la construcción de faros que facilitaran la navegación en aguas del Atlántico. Estados Unidos motu proprio levantó esos focos. Ahí se sintió nuestra protesta que originó la firma del “Convenio Olaya-Kellogs” de 1928.
La segunda parte de dicho documento sostiene “en reconocimiento del hecho que ciudadanos y buques de Estados Unidos y de Colombia están actualmente dedicados a la pesca…”, lo que equivale a decir que ese país legalizó una situación de hecho, aflorando nuestra inferioridad tecnológica y logística referente a la captura de camarones.
En el gobierno sandinista, Nicaragua agradeció a Colombia en nota oficial al presidente Belisario Betancourt las gestiones de Contadora en junio de 1986, cuando también formularon descaradas pretensiones sobre San Andrés islas.
La clausula tercera del Tratado Vásquez – Saccio “garantiza a los ciudadanos y buques de Estados Unidos la continuación de la pesca en aguas adyacentes a estos cayos”, con lo cual queda claro que es Colombia la que asegura a Norteamérica derechos, con detrimento y perjuicio de su soberanía marítima.