En las próximas 24 horas, la DIAN entregará al Departamento para la Prosperidad Social (DPS), mercancías como ropa, calzado, radios de comunicación, artículos electrónicos y elementos para el hogar, entre otros, por un valor total de $3.266 millones.
La entidad invita a los ciudadanos a hacer un aporte voluntario en su declaración de renta para ayudar a los damnificados.

Bogotá, D.C., 13 de agosto de 2026. News Press Service. Con ocasión del terremoto ocurrido el pasado 10 de agosto y con el propósito de aportar como entidad a la atención de la situación de emergencia, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) hará uso de las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la nación para ser destinadas a las comunidades en las diferentes zonas afectadas.
“Iniciamos los trámites necesarios para entregar, en las próximas 24 horas, mercancías por un valor total de $3.266 millones al Departamento para la Prosperidad Social (DPS).
Los bienes identificados para esta primera fase incluyen ropa, calzado, radios de comunicación, artículos electrónicos y elementos para el hogar, entre otros, que podrán ser destinados a apoyar las labores de asistencia humanitaria y recuperación temprana en las zonas impactadas por el terremoto”, afirmó el director general de la DIAN, Andrés Felipe Velásquez Reyes.
Sumado a esto, en las últimas horas la entidad adelantó labores de inspección de mercancías en todas las direcciones seccionales del país e identificó bienes para contribuir a la atención de la emergencia, entre ellos, plantas eléctricas, alimentos no perecederos, frazadas, colchones, carpas, radios de comunicación y materiales de construcción, entre otros, cuyo valor estimado asciende a $83.000 millones.
Estos elementos serán donados a las gobernaciones y alcaldías de los territorios afectados.
Al tiempo, el director general hizo un llamado a los contribuyentes personas naturales a realizar aportes voluntarios al momento de presentar su declaración de renta del año gravable 2025 para apoyar a las comunidades damnificadas.

Los ciudadanos que deseen sumarse a esta iniciativa, al momento de presentar su declaración, a través de los canales digitales de la entidad, deben diligenciar la casilla 141 del formulario 210 para residentes.
Para no residentes está habilitada la casilla 117 del formulario 110. La ayuda puede ser de cualquier monto y se recaudará al momento de realizar el pago del impuesto. Si la declaración no arroja valor a pagar, el contribuyente podrá pagar únicamente el aporte voluntario.
“Acudimos al sentido de solidaridad de todos los colombianos, los recursos que se recauden serán invertidos en las zonas afectadas por el terremoto a través de programas sociales para la reducción de la pobreza, así como en programas de atención para el adulto mayor y personas en condición de discapacidad.
Desde el Gobierno Nacional tenemos el compromiso con el país de administrar estas donaciones de manera transparente, de acuerdo con los pilares de la Patria Milagro”, dijo el director Velásquez.
El director además recordó a los contribuyentes los diferentes beneficios tributarios previstos en la normativa para quienes realicen donaciones o aportes que contribuyan a la atención de los damnificados.
El artículo 257 del Estatuto Tributario establece que las personas y empresas que realicen aportes a entidades autorizadas podrán acceder a un descuento tributario equivalente al 25 % del valor donado, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley.
Esto significa que una parte de la donación puede reflejarse como un menor valor del impuesto sobre la renta a cargo del contribuyente para la declaración en 2027.
La legislación tributaria contempla también un beneficio especial para quienes donen alimentos aptos para el consumo humano, así como productos de higiene y aseo, a bancos de alimentos autorizados.
En estos casos, el contribuyente puede acceder a un descuento tributario de hasta el 37 % del valor donado, incluido el costo de transporte de los productos entregados.
