La norma define la estructura que entrará en vigor tras su promulgación, derogando todas las disposiciones contrarias.
Bogotá D.C., de junio de 2024. News Press Service. El texto que estructura la Jurisdicción Agraria y Rural -el cual busca garantizar un acceso más equitativo y eficiente a la justicia para campesinos y comunidades rurales- se aprobó en la mañana de este jueves en la plenaria del Senado de la República, previo al cierre de la legislatura del primer semestre del año.
El ministro de Justicia, Néstor Osuna, se mostró complacido. “Esta iniciativa tiene como finalidad proteger la propiedad rural. No contiene ninguna disposición, ni explícita ni implícita, relacionada con expropiación. Precisamente lo que hace el proyecto de ley es crear jueces especializados que resolverán pleitos y aplicarán el derecho vigente, el cual establece y protege la propiedad. La norma no modifica en absoluto la legislación sustantiva sobre la propiedad; simplemente crea un mecanismo adicional para garantizar su protección”, explicó.
El proyecto, que ahora será revisado por la Corte Constitucional y espera ser sancionado por el presidente Gustavo Petro, define la estructura judicial con jueces de circuito y tribunales agrarios, así como los criterios para definir dónde serán instalados estos despachos (zonas con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial-PDET, núcleos de reforma agraria y zonas con cultivos de uso ilícito, entre otros).
También crea centros de apoyo técnico especializado, integrados por profesionales en distintas disciplinas que apoyarán la labor de los jueces agrarios. Y finalmente, crea la figura del facilitador agrario, el cual orientará gratuitamente a los potenciales usuarios y usuarias de la justicia agraria.
En cuanto a la provisión de cargos, se realizarán concursos de méritos para seleccionar jueces y magistrados especializados en derecho agrario, administrativo y ambiental.
Aún queda por discutir la ley ordinaria, que definirá el proceso operativo de la nueva jurisdicción. Dicha ley deberá establecer, entre otros aspectos, los requisitos para presentar las demandas y el procedimiento para la práctica de pruebas.